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lunes, abril 27, 2026

Tribunal Constitucional ordena al MINERD reintegrar a funcionario removido sin cumplir el debido proceso

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Santo Domingo.– El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ordenó al Ministerio de Educación (MINERD) cumplir con la Resolución núm. 132-2011 del Ministerio de Administración Pública (MAP), que dispone el reintegro del señor Henry Antonio Núñez Díaz en su cargo como Responsable de Acceso a la Información Pública.

La decisión fue tomada mediante la sentencia TC/0361/23, en la cual los jueces de la alta corte concluyen que el MINERD incurrió en una violación al debido proceso al trasladar al servidor público sin la debida autorización del MAP, órgano competente del sistema de Carrera Administrativa.

De acuerdo con la sentencia, la certificación emitida por el Ministerio de Administración Pública no solo establece que Núñez Díaz pertenece a la Carrera Administrativa, sino que también especifica el puesto que debe ocupar: el de responsable de Acceso a la Información Pública dentro del Ministerio de Educación.

“En la lectura de la certificación emitida por el Ministerio de Administración vemos que el puesto que mantiene el hoy accionante, señor Henry Antonio Núñez, en los registros del ente encargado de aprobar los movimientos o traslados de los servidores públicos, es el de responsable de Acceso a la Información en el Ministerio de Educación”, señala la sentencia.

El Tribunal enfatizó que no consta el traslado efectuado por el MINERD en los registros del MAP, lo que implica que la supuesta remoción del cargo no se ajustó a la normativa vigente, y por tanto, carece de validez legal.

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional reitera la importancia de respetar los procedimientos legales en la administración pública y protege los derechos adquiridos de los servidores de carrera, en cumplimiento de la Ley de Función Pública y los principios del Estado de derecho.

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