SANTO DOMINGO — El presidente Luis Abinader emitió este lunes el Decreto 719-26, que fija las normas de la zafra azucarera 2026-2027 y pone bajo estricto control del Estado la distribución del azúcar entre el consumo local y los compromisos de exportación.
La disposición establece que, de la producción total de la temporada y de los excedentes del año anterior, se reservarán primero las cantidades necesarias para abastecer el mercado nacional, y que el resto deberá garantizar el cumplimiento de las cuotas en los mercados preferenciales, como el de Estados Unidos. Si hiciera falta importar azúcar, el Instituto Azucarero Dominicano (Inazucar) será el encargado de emitir las licencias.
El decreto refuerza además la vigilancia sobre el comercio exterior. Ningún embarque de azúcar, melaza o subproductos podrá salir del país sin un permiso del Inazucar, y los certificados de elegibilidad para la cuota de Estados Unidos solo se otorgarán a ingenios y empresas productoras autorizadas, con prohibición expresa de emitirlos a favor de terceros.
Las empresas azucareras deberán notificar cada venta internacional dentro de los ocho días siguientes, remitir copia del contrato en un plazo de ocho días hábiles y entregar el certificado de cantidad, polarización y materias extrañas a los tres días hábiles de recibir el informe de desembarque. Los ingenios también tendrán que reportar cada mes cualquier variación en sus estimaciones de producción o en el cumplimiento de sus cuotas.
La norma advierte que quien no declare a tiempo un eventual déficit podrá ser sancionado con una reducción proporcional de su cuota en la zafra siguiente, una señal de que el Gobierno quiere asegurar tanto el azúcar de la mesa dominicana como el que el país ya tiene comprometido fuera.




