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El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el horario de venta de bebidas alcohólicas

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SANTO DOMINGO — Martes, 28 de julio de 2026. El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional la disposición del Decreto 308-06 que regula los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión del país.

No obstante, el alto tribunal difirió por dos años el efecto de la inconstitucionalidad, a partir de la notificación de la sentencia emitida este martes, por lo que el decreto se mantendrá en vigencia hasta que transcurra ese plazo.

La medida, vigente desde hace casi dos décadas, ha marcado los horarios de venta y consumo de alcohol en los establecimientos, un asunto sensible que afecta tanto al comercio como a la convivencia y la seguridad ciudadana.

Con la sentencia, queda abierto el debate sobre cómo se regulará el expendio de bebidas alcohólicas una vez venza el plazo, en un tema que suele generar posiciones encontradas entre comerciantes, autoridades y sectores sociales.